En una clase de Protección Jurídica de la persona, la profesora mencionó algo que me hizo reflexionar ya que era cierto. Decía que las nuevas tecnologías junto con su evolución, no sólo provocan problemas económicos, sino que conlleva a crear conflictos y crear leyes que antiguamente no existían.
Descarga
de música y películas:
La ley SINDE, ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible (LES) tuvo su origen en una iniciativa legislativa aprobada en el Consejo de Ministros de España celebrado el 27 de noviembre de 2009. Esta ley, pretende evitar la descarga ilegal de contenidos
protegidos por derechos de autor en Internet.
La ley SOPA (Stop Online Piracy Act) ley de cese de la piratería online, es un
proyecto de ley que se está gestando en la Cámara de Representantes de Estados
Unidos, (aunque sin apoyo del presidente Obama) para blindar los contenidos
audiovisuales y productos intelectuales con derechos de autor. Cualquier
usuario que utilice o comparta contenidos con copyright, siempre que sea
detectado, será sancionado por los proveedores del servicio: se le bloqueará el acceso a la red y se denunciará su identidad a los organismos
públicos norteamericanos que se crearán para alertar de estas transgresiones de
la ley SOPA. Las sanciones previstas para el usuario es uno de los puntos más
polémicos: hasta cinco años de prisión por descargar 10 canciones o 10
películas con menos de seis meses desde su estreno en cines.
Grooming:
nueva táctica de contacto de pedófilos.
El delito “grooming” es un delito preparatorio
de otro de carácter sexual más grave, utilizado en países como Reino Unido. Este
delito consiste en realizar acciones emprendidas por un adulto con el objetivo
de ganarse la amistad de un menor de edad, al crear una conexión emocional con
el mismo, con el fin de disminuir las inhibiciones del niño y poder abusar
sexualmente de él.
Este delito está siendo
cada vez más recurrente a causa de la masificación de las tecnologías de la
información, del mayor acceso de los niños a Internet y brecha generacional que
se produce cuando los niños manejan los ordenadores mucho mejor que los padres.
Como anteriormente comentaba, la
globalización agrava el problema, no sólo por facilitar el envío de fotos y video
a todas partes del mundo, la posesión de cámaras digitales, los móviles con
cámara incorporada, los mensajes de texto, las sales de chat y las redes
sociales, sino también porque las
legislaciones son diferentes de los diferentes países no son necesariamente
compatibles entre sí, por un ejemplo, una imagen que es ilegal en un país
podría no serlo en otro.
Se pretende tipificar como delito esta práctica, junto con regular la pornografía infantil y la posesión de material pornográfico de menores de edad (Boletín Nº 5751-07).
Se pretende tipificar como delito esta práctica, junto con regular la pornografía infantil y la posesión de material pornográfico de menores de edad (Boletín Nº 5751-07).
Lo
que está claro es que:
LA TECNOLOGÍA CAMBIA Y SEGUIRÁ CAMBIANDO A UNA
VELOCIDAD MUY SUPERIOR A LA QUE LOS GOBIERNOS EMPLEAN PARA SANCIONAR LEYES QUE
LA REGULEN.



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